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Se convocan las ayudas del plan renove de equipos domésticos de climatización Castilla-La Mancha 2011, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012, destinadas a la sustitución de calderas por otros de mayor eficiencia energética.
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Podrán solicitar la ayuda aquellas personas físicas o jurídicas de derecho privado residentes en Castilla-La Mancha que sustituyan las calderas a través de las empresas instaladoras que participen en el Plan. Este Plan Renove estará vigente hasta el 2 de Julio de 2012 o hasta que se agoten los fondos destinados a él.
Actuaciones subvencionables:
1. Se consideran como actuaciones susceptibles de ayuda: a) Las sustituciones de calderas domésticas que utilicen cualquier combustible no catalogado como energía renovable, por otras calderas de condensación que utilicen gas natural o gases licuados del petróleo (GLP).
Se considerarán incluidas en este apartado, a todos los efectos, la sustitución de sistemas de calefacción eléctricos con acumulación y tarifa nocturna.
b) Las sustituciones de calderas que utilicen gasoil por calderas de condensación que funcionen con gasoil.
2. Para que dichas sustituciones se consideren subvencionables, deberán cumplirse que: a) Las nuevas calderas deberán ser instalaciones individuales, con una potencia nominal comprendida entre 15 y 70 kW, con altas prestaciones energéticas.
b) En cualquier caso, las calderas a instalar deberán estar incorporadas a la Base de Datos de Calderas Eficientes del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), que puede consultarse en la página web www.idae.es , o interesando dicha información de las entidades colaboradoras seleccionadas, o, en su caso, del Servicio de Programas de Fomento Energético y Reglamentación, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que dispondrán de dicho listado de calderas, debidamente actualizado, a disposición de las empresas instaladoras adheridas.
c) Las calderas a instalar, objeto de ayuda, serán nuevas y han de tener como destino final su instalación dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
d) Las calderas sustituidas no serán de condensación, con la excepción del caso en que las mismas utilicen gasoil como combustible y se sustituyan por caderas de gas. No obstante lo anterior, también podrán ser objeto de sustitución las calderas de condensación que presenten problemas de seguridad derivados de mala combustión o de revocos; lo que habrá de acreditarse mediante acta de comprobación de la instalación, certificado de revisión periódica desfavorable, certificado de instalador autorizado, certificado o informe del servicio de asistencia técnica del aparato o acta de inspección de la empresa suministradora.
e) El Plan solo podrá aplicarse a la sustitución de calderas que se encuentren en instalaciones debidamente legalizadas o regularizadas.
f) Las calderas sustituidas serán inutilizadas y retiradas por la empresa instaladora y entregadas a un gestor autorizado para la gestión de este tipo de residuos, debiendo acreditarse dicha entrega mediante certificación del gestor de residuos autorizado, en la que se identificará debidamente la caldera sustituida (al menos, marca y modelo), su procedencia, el gestor de residuos al que se le ha hecho entrega de la misma por parte de la empresa instaladora y la fecha de esta última.
g) Con carácter general, la sustitución de calderas conllevará una reducción de, al menos, el veinte por ciento del consumo de energía.
Documentación a aportar:
La solicitud deberá firmarse por el solicitante o su representante legal, y por el representante de la empresa instaladora, y deberá acompañarse de la siguiente documentación:
a) Documentación exigida con carácter general: - Copia del DNI o NIF tratándose de persona física o del NIF si se tratase de persona jurídica, así como, en este último caso, copia del NIF del representante y documentación por la que se confiera la representación; o autorización expresa del solicitante para que la Administración pueda recabar esta información de forma telemática, conforme al modelo establecido en el anexo VIII.
- Certificación expedida por la empresa instaladora, en la que se acredite la instalación de la nueva caldera, así como la retirada de la caldera sustituida; identificando debidamente ambos, instalado y sustituido, mediante la referencia de su marca, modelo, tipo de combustible (en el caso de las calderas) y calificación energética (en el caso de los equipos de aire acondicionado); así como la fecha y el lugar de la instalación.
En este certificado, podrá hacerse constar, en su caso, la existencia de problemas de seguridad en la caldera sustituida por mala combustión o revocos.
- Duplicado o copia de la factura de adquisición e instalación de la caldera, firmada y sellada por la empresa instaladora, en la que deberá reflejarse como mínimo: 1º.- El precio de la caldera instalada, incluido, en su caso, el coste de la instalación, con el IVA incluido y debidamente desglosado. 2º.- Fecha de la venta. 3º.- Datos de la empresa instaladora. 4º.- Datos del beneficiario (nombre y apellidos, DNI y domicilio). 5º.- Datos de la caldera, comprada e instalada (tipo, marca y modelo).
- Ficha de terceros, con la conformidad del banco, de acuerdo con el modelo previsto en el anexo VII.
b) Documentación exigida, específicamente, para el programa de ayudas a la sustitución de calderas: - Copia de la certificación del fabricante de la nueva caldera en la que se acrediten los ratios energéticos o documentación acreditativa equivalente. - Certificación expedida por gestor de residuos autorizado, acreditativa de la entrega, por parte de la empresa instaladora, de la caldera sustituida, para su gestión como residuo, en la que se identificará debidamente la caldera sustituida (al menos, marca y modelo), su procedencia, fecha y lugar de la entrega.
Las empresas instaladoras actuarán como depositarias de la documentación presentada, debiendo remitirla a la entidad colaboradora correspondiente, previo alta del formulario de solicitud, vía telemática, en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el plazo de los diez días siguientes a su diligenciado, a efectos de fecha de entrada en el registro único de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el caso de empresas instaladoras con acceso a internet. Para el caso de empresas instaladoras que no cuenten con acceso a Internet, corresponderá a la entidad colaboradora correspondiente el alta de la solicitud vía telemática, facilitándose a tal fin un número de teléfono de contacto a través del cual las empresas instaladoras gestionarán con la entidad colaboradora el alta de forma telemática de las solicitudes de subvención dentro del plazo previsto en la convocatoria; debiendo en todo caso remitir, junto con la documentación, el duplicado correspondiente del formulario o en caso de alta por la entidad colaboradora, solicitud de ayuda conforme al modelo normalizado, firmados en ambos casos por el solicitante y la empresa instaladora.
Importe de las ayudas:
La cuantía de la ayuda individual para cada tipo de caldera será la siguiente:
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Equipo
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Combustible |
Ayuda
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| Calderas de Condensación.
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Gas Natural/GLP |
400 €
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| Calderas de Condensación.
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Gasoil |
400 €
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No obstante lo anterior, la cuantía de la ayuda no podrá exceder en ningún caso del 30 % del coste de la sustitución de la caldera, incluyendo en el mismo tanto el precio de la nueva caldera como el coste de su instalación, IVA incluido.
Sólo será subvencionable la sustitución, por cada solicitante, de una única caldera.
Toda la información sobre el Plan Renove de Calderas de Castilla-La Mancha en:
- DOCM: 02/12/11 Orden de 30/11/2011, por la que se convocan las ayudas del plan renove de equipos domésticos de climatización Castilla-La Mancha 2011, en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética 2008-2012, destinadas a la sustitución de calderas y equipos de aire acondicionado, por otros de mayor eficiencia energética, y se establecen las bases reguladoras de su concesión.
Fuente: Junta de Castilla - La Mancha.
Ante la duda de renovarse o morir, piensa en "Renovables" y en "Ahorro energético".
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