Tramites para pedir una subvención en Andalucía
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PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
- Las solicitudes para la obtención de los incentivos deberán cumplimentarse telemáticamente con los medios electrónicos disponibles en las direcciones de internet:
www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa y www.andaluciajunta.es.
- Las solicitudes constarán de los siguientes elementos:
formulario de solicitud de incentivo y memoria.
- En la cumplimentación telemática del formulario de solicitud del Anexo III A, los solicitantes, además de la aportación de los datos generales especificados, deberán declarar:
- No estar incursos en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 9.
- Las subvenciones y ayudas concedidas y/o solicitadas para la misma finalidad.
- Las ayudas de mínimis recibidas, en su caso, en los tres últimos años.
- Declaración responsable de haber solicitado, en su caso, la Autorización Ambiental Integrada (AAI), la Autorización Ambiental Unificada (AAU) o la Calificación Ambiental (CA), conforme a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de gestión Integrada de la Calidad Ambiental, o de no estar sujeta a dicha Ley, así como cualquier otra autorización exigida por normativa sectorial de aplicación.
- El cumplimiento del trámite de informe por parte de la Consejería competente en materia de medio ambiente respecto a la no afección del proyecto para el que se solicita el incentivo a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000 para actividades señaladas en el artículo 27.1.d de la mencionada Ley 7/2007, de 9 de julio.
- Que el proyecto para el que se solicita el incentivo no se realiza en cumplimiento de normas comunitarias, nacionales o autonómicas que le sean aplicables, y en particular que no esté incluido en el ámbito de aplicación del Real Decreto
314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
- Que el proyecto energético relacionado con la protección ambiental presentado por empresas no se ha iniciado con anterioridad a la fecha de la solicitud.
- Estar en posesión de la resolución de autorización administrativa favorable para generación de electricidad en régimen especial, en su caso.
- Que la documentación aportada en soporte informático PDF coincide con la documentación original.
- Aceptación de la inclusión en la lista de beneficiarios, prevista en el artículo 7, apartado 2, letra d), del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre.
- En el caso de instalaciones incluidas en el programa PROSOL, la designación de la empresa acreditada a dicho programa que vaya a ejecutar la instalación. Esta declaración no será necesaria en el caso de solicitantes que tengan la consideración de entidades públicas a las que les sea de aplicación la Ley 30/2007, de 30 de octubre.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de diciembre de 2014.
DOCUMENTACIÓN FACILITADA:
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ADVERTENCIA: El contenido de esta página es meramente informativo y puede existir algún error. Las condiciones de este proceso son las publicadas en la normativa correspondiente.
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