Subvenciones para energías renovables
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Andalucía
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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucia Dirección: Avda. Albert Einstein nº 4 (Parque Científico Tecnológico Cartuja 93 ) - 41092 - Sevilla Delegaciones Provinciales en:
- Almería: C/Hermanos Machado, 4, 2ª plt. C.P.04003
- Cádiz: Plaza Asdrúbal, 6, 1ª plt. C.P.11008
- Córdoba: C/ Manrique, 2 C.P.14003
- Granada: Plaza Villamena, 1 C.P.18010
- Huelva: Avda. Manuel Siurot, 4 C.P. 21004
- Jaén: Paseo de la Estación, 19-4º C.P. 23008
- Málaga: C/ Bodegueros, 21 C.P. 29006
- Sevilla: C/ Graham Bell, 5 Edificio Rubén Darío II C.P. 41010
Teléfono: 902 11 30 00 Web: www.juntadeandalucia.es Email:
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Plazo de presentación: Del 14/02/2009 al 30/12/2014 Como pedir la subvención: Documentación
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Beneficiarios:
Los ciudadanos y agrupaciones de los mismos, las empresas, con especial consideración hacia la PYME, así como sus agrupaciones o asociaciones y las entidades o instituciones públicas y entidades privadas sin ánimo de lucro.
Aplicaciones subvencionables dentro del programa PROSOL:
- Energía solar térmica para producción de agua caliente.
- Energía solar fotovoltaica aislada.
- Instalaciones de biomasa para usos finales térmicos, con potencia inferior a 300 kW.
- Minieólica aislada.
- Mixtas de los tipos anteriores: Instalaciones solar - biomasa o instalaciones eólicas - fotovoltaicas.
Requisitos a cumplir:
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Estar ejecutadas por empresas acreditadas, según las normas incluidas en el Anexo VII.
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Contar con una garantía y mantenimiento de toda la instalación sin coste adicional para el usuario por un período mínimo de tres años.
Cuantía máxima:
70% para beneficiarios que no sean empresa. (Este apartado ha mejorado notablemente ya que, antes, la ayuda máxima estaba en 50%)
Además:
- La ayuda económica para las grandes empresas (más de 250 trabajadores) será de hasta el 60%.
- Para las medianas empresas (entre 50 y 250 trabajadores) de hasta el 70%.
- Para las pequeñas empresas (menos de 50 trabajadores) de hasta el 80%.
Más información sobre los tramites a seguir para pedir la subvención.
Noticia destacada:

ADVERTENCIA: El contenido de esta página es meramente informativo y puede existir algún error. Las condiciones de este proceso son las publicadas en la normativa correspondiente.
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