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Subvenciones para energías renovables

Castilla y León

Subvención para actuaciones en materia de energía SOLAR TÉRMICA y/o FOTOVOLTAICA (2012).

Ente Regional de la Energía (EREN)
Dirección: Avda. Reyes Leoneses nº 11 (Edificio EREN) - 24008 León
Teléfono: 987.849.393
Web: www.eren.jcyl.es

Plazo de presentación: Del 31/01/2012 al 30/03/2012
Como pedir la subvención en Castilla y León

 

 

Beneficiarios:

Podrán acogerse a estas ayudas:

a) Personas físicas.

b) Comunidades de propietarios.

c) Entidades o asociaciones sin ánimo de lucro.

d) Entidades locales.

e) Grandes empresas, PYMES, autónomos y trabajadores por cuenta propia agrarios,

f) Empresas de servicios energéticos (ESE). 

Para los beneficiarios que no tengan la condición de empresa, las actuaciones a subvencionar previstas en esta Orden, se deberán haber ejecutado entre el 1 de enero de 2011 y el 15 de octubre de 2012.

En el caso de los beneficiarios que tengan la condición de empresa, las actuaciones a subvencionar previstas en esta Orden se deberán ejecutar desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y el 15 de octubre de 2012.


Actuaciones subvencionables y cuantia de las ayudas:

Actuación

Subvención
(% coste subvencionable)

Empresas

No empresas

ESA 1: Sistemas de energía solar para el calentamiento de aire a partir de la captación solar mediante soluciones de energía solar pasiva basados en fachadas ventiladas o dobles fachadas, cuyo paramento exterior podrá ser de fachaca metálica, piedra o cristal, que canalicen el aire calentado contenido en las mismas mediante conductos o aberturas al espacio a climatizar mediante el concurso de ventiladores y/o compuertas.

15%

25%

ESA 2: Sistemas de energía solar para el calentamiento de aire a partir de la captación solar mediante captadores solares de aire, vidriados o no, que, constituidos en baterías, canalizan el aire calentado en los mismos mediante conductos al espacio a climatizar mediante el concurso de ventiladores y/o compuertas.

15%

25%

EST 1: Sistemas de energía solar para el calentamiento de un fluido a partir de la captación solar mediante captadores solares de polietileno o polipropileno para el calentamiento del agua de piscinas descubiertas.

15%

25%

EST 2: Instalación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de captación de la radiación solar, bien sea como sistema compacto o como sistema partido, consistente bien en sistema integrado o bien en un conjunto y configuración uniforme de componentes, producido bajo condiciones que se presumen uniformes y ofrecidas a la venta como equipos completos y listos para instalar, bajo un solo nombre comercial, donde los captadores solares tienen un coeficiente de perdidas inferior a 9 W/(m2ºC), excluidos los equipos directos.

20%

30%

EST 3: Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares no vidriados, para aplicaciones térmicas.

20%

30%

EST 4: Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados cuyo coeficiente global de pérdidas es inferior a 9 W/(m2ºC) y superior a 5 W/(m2ºC), para aplicaciones térmicas.

20%

30%

EST 5: Instalación por elementos de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados cuyo coeficiente global de pérdidas es inferior o igual a 5 W/(m2ºC), para aplicaciones térmicas.

25%

35%

EST 6: Instalación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar mediante captadores solares vidriados en aplicaciones de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60º C, y superando rendimientos del 40%, para (tm-ta) = 60º C y I = 800 W/m2 sobre la curva cuadrática de homologación, lo cual se justificará con captadores solares con coeficiente global de pérdidas inferior a 4 W/(m2ºC). 35% 45%

EST 7: Estudios de viabilidad de ejecución de instalaciones de energía solar térmica en modalidad de venta de energía mediante ESE en edificios del sector terciario, industriales o de viviendas, salvo residencias particulares unifamiliares, y cuya superficie de captación sea igual o superior a 40 m2.

300 € con independencia de la superficie de captación total resultante del estudio, salvo que dicha cuantía supere el 75% del coste laboral incurrido por la ESE (de la factura abonada por la ESE) imputable (correspondiente a la contratación de un tercero) a la elaboración del estudio realizado en la entidad o sujeto ajeno.

ESF 1: Instalaciones fotovoltaicas con acumulación.

30%

40%

ESF 2: Instalaciones fotovoltaicas sin acumulación.

30%

40%

ESF 3: Instalaciones mixtas eolico - fotovoltaicas con acumulación.

20% parte fotovoltaica y 20% parte eólica.

40% parte fotovoltaica y 30% parte eólica.

ESF 4: Instalaciones mixtas eolico - fotovoltaicas sin acumulación. 30% parte fotovoltaica y 20% parte eólica. 40% parte fotovoltaica y 30% parte eólica.


La cuantía de subvención máxima a otorgar por actuación, para cualquier tipo de beneficiario, será de 60.000 €.

Las instalaciones de aprovechamiento de energía solar térmica para la producción de agua caliente sanitaria o climatización de piscinas cubiertas, que se lleven a cabo en edificios cuya licencia de edificación haya sido solicitada con posterioridad al 29 de septiembre de 2006 no serán susceptibles de ser subvencionadas, dada la obligatoriedad de su instalación establecida por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación, salvo, que dichas instalaciones sean apoyadas con instalaciones de aprovechamiento de la biomasa.

En estos casos, los porcentajes de subvención indicados anteriormente, se reducirán en 10 puntos porcentuales.

La instalación de aprovechamiento de la biomasa que se utilice como apoyo, será susceptible de ser subvencionada, debiendo presentar la solicitud, si fuera el caso, según lo indicado en la Orden de convocatoria que corresponda.

Cuando el beneficiario sea una empresa, de acuerdo con el Reglamento (CE) 800/2008, la cuantía de subvención percibida en unión de otras ayudas que puedan recibirse por estas actuaciones, en ningún caso podrá superar los límites máximos que se indican a continuación y que se calcularán sobre el coste subvencionable: 65% para pequeñas empresas, 55% para empresas medianas y 45% para grandes empresas.

 

Plazo y lugar de presentacion de las solicitudes:

La solicitud de subvención para las actuaciones descritas anteriormente se podrá presentar a partir del 31 de enero de 2012 hasta el 30 de marzo de 2012.

La presentación se hará exclusivamente por Internet, desde la página web de la Junta de Castilla y León, utilizando la aplicación electrónica "SUBSOLARCYL".  Ver requisitos técnicos.



Más información sobre los tipos de solicitud y demás tramites.

 

 

ADVERTENCIA: El contenido de esta página es meramente informativo y puede existir algún error. Las condiciones de este proceso son las publicadas en la normativa correspondiente.



 

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