La Rioja - Tramites
Subvenciones para proyectos del Plan de Energias Renovables:
I. Energía solar fotovoltaica o mixta eólica fotovoltaica. II. Geotermia. III. Energía solar térmica. IV. Biomasa.
Gobierno de La Rioja (Dirección General de Industria y energía) Dirección: C/ Marqués de la Ensenada nº 13-15 - 26071 - Logroño Teléfono: 941 291 388 Web: www.larioja.org
Plazo de Presentación: Del 30 de Junio al 14 de Octubre de 2011.
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Documentación a aportar para pedir la subvención en todos los casos:
Explicación de los documentos a aportar:
Junto con la solicitud para ser destinatario de las subvenciones se acompañará la siguiente documentación:
1º. Personas jurídicas:
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Tarjeta de identificación fiscal.
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Escritura de constitución de la sociedad y sus posibles modificaciones o documento constitutivo en caso de sociedades civiles y sociedades cooperativas.
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En caso de sociedades mercantiles, acreditación de la representación legal de la empresa o entidad, mediante escritura pública de otorgamiento de poder a favor de la persona que en su nombre firme la solicitud.
2º. Las sociedades civiles o mercantiles y los empresarios individuales deberán presentar además:
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Alta en el impuesto de actividades económicas en el epígrafe correspondiente. En los supuestos en los que sea exigible el pago del impuesto deberá presentarse además justificante del pago efectuado. Este documento podrá ser sustituido por una autorización escrita a la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio, para que proceda a la consulta de los referidos datos.
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Tc1 y Tc2 o, en su caso, recibo de autónomos del último mes cotizado.
3º. No se exigirá documentación específica a las personas físicas, comunidades de propietarios e instituciones sin ánimo de lucro.
4º. Todos los beneficiarios deberán presentar la siguiente documentación:
I) Acreditación del cumplimiento de obligaciones:
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Certificados acreditativos de hallarse al corriente de los pagos con la Hacienda Estatal y Autonómica y con la Seguridad Social. Estos documentos podrán ser sustituidos por una autorización expresa a la Dirección General de Trabajo, Industria y Comercio para que consulte los referidos datos, según se recoge en el modelo de solicitud. En el caso de que el beneficiario sea una persona física que pueda percibir una subvención total inferior a 3.000 euros o una Asociación o entidad sin ánimo de lucro, queda exonerada de la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.f) del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el sector público de la ComunidadAutónoma de La Rioja.
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Declaración responsable de no hallarse incurso en causa de inhabilitación para ser beneficiario de subvenciones, ni tener deudas pendientes por reintegro en periodo ejecutivo de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, según Anexo II.
II) Relativos al proyecto de inversión
Memoria descriptiva de la inversión que contendrá al menos los siguientes datos:
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Razones que justifiquen la realización del plan de inversiones.
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Explicación técnica detallada incluyendo estudio de rentabilidad energética y económica de las medidas a adoptar. El estudio contendrá al menos:
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Descripción Instalaciones existentes: localización, identificación, funciones, potencia, tecnología, tipo combustible, número de elementos, régimen de funcionamiento, consumo anual o energía generada en Kwh o toneladas equivalentes de petróleo.
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Descripción de Instalaciones propuestas: funciones, potencia, número de elementos, tecnología tipo combustible, régimen de funcionamiento, consumo anual en kwh o toneladas equivalentes de petróleo.
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Cuadro resumen ahorros energéticos: consumo anterior y posterior anual en Kwh y TEP, energía generada anual, porcentaje de ahorro total conseguido, etc
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Presupuesto detallado por capítulos y conceptos o, en su caso, factura pro-forma.
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Plan de financiación.
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Calendario de ejecución y puesta en funcionamiento de las instalaciones.
III) Otra documentación
Ficha de alta o modificación de terceros, en su caso. No será necesario que los interesados aporten aquellos documentos que ya obren en poder de esta Administración.
Los modelos de solicitudes los pueden obtener en:
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El Servicio de Industria y Energia de la Consejería de Industria, innovación y Empleo, situado en la calle Marqués de la Ensenada 13-15 (con entrada por C/ Albia de Castro) de Logroño.
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Teléfono 900 700 333 Correo electrónico:
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O bien descargando los documentos desde aquí mismo:
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Tipo de energía \ Documento
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Energia solar fotovoltaica/mixta
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Geotermia
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Energía solar térmica
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Biomasa
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(1) Declaración jurada
(2) Modelo de solicitud
(3) Memoria resumen
(4) Actividades ejecutadas
(5) Certificado de legalización de instalación
(6) Certificación forma de financiación
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Cuantía máxima de las ayudas:
Conforme al artículo 4 de la Orden 33/2009, la subvención consistirá en: a) El 30% del coste de referencia.
b) El 45% del coste de referencia en el caso de calderas automáticas para uso doméstico o en instalaciones municipales.
c) En el caso de instalaciones híbridas Biomasa térmica+Solar térmica que empleen calderas automáticas para uso doméstico o en instalaciones municipales, la intensidad de la ayuda de la parte de biomasa será del 50% de los costes elegibles.
d) Se entenderá por caldera automática aquella que disponga al menos los siguientes elementos: sistema de encendido, alimentación, limpieza y extracción de cenizas automáticas, así como unsistema de telecontrol/telegestión.
e) En cualquier caso se considera que una instalación de biomasa térmica está híbrida con una de solar térmica, siempre que compartan elementos básicos y que la cobertura de las necesidades para las que están diseñadas se lleve a cabo fundamentalmente a partir de estas dos fuentes.
f) Se tomará como coste de referencia, en relación con los objetivos energéticos, una inversión máxima por unidad de potencia térmica instalada de 600 euros/KW de potencia instalada.
Las subvenciones que se otorguen al amparo de las presentes bases reguladoras serán compatibles con las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
No obstante lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Criterios generales en la aplicación de ayudas públicas: Cumplimiento Reglamento (CE) Nº 800/2008 de la Comisión Europea de 6 de agosto de 2008. Los límites máximos de ayudas públicas no podrán superar los establecidos en el citado reglamento. La acumulación de ayudas no puede conducir a una intensidad de ayuda superior a la prevista.
Lugar y plazo de presentación de la solicitud:
Las solicitudes se podrán presentar a partir del día 30 de Junio y hasta el 14 de Octubre de 2011 de las siguientes formas:
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De forma telemática a través de la Oficina Virtual del Gobierno de La Rioja. El artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos dispone que los interesados podrán aportar al expediente copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada o DNI electrónico. Se recomienda para el envío telemático: a) comprimir en una carpeta toda la documentación con un programa informático compresor de archivos (zip) y adjuntarla en el apartado "Envío Telemático". b) Ficha de alta de terceros, salvo que ya se encuentre en poder del Servicio.
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De forma presencial, en la Oficina Auxiliar de Registro de la Dirección General de Industria y Comercio (calle Marqués de la Ensenada nº 13-15, Logroño). Se recomienda que salvo que los documentos originales deban obrar en el procedimiento, los ciudadanos tendrán derecho a aportar -en lugar de copia compulsada- copias de los mismos cuya fidelidad quedará garantizada mediante la aportación de declaración responsable del interesado, sin perjuicio de la posterior facultad de comprobación por parte de la Administración (Artículo 43, Ley 6/2009, de 15 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2010).El modelo de declaración responsable se encuentra disponible en Guía de impresos-Asuntos Generales.
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Orden 32/09 de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables: solar fotovoltaica o mixta eólica fotovoltaica.Orden 12/2009, de 9 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables: Geotermia.
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Orden 31/2009, de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables: solar térmica.
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Orden 36/2009, de 29 de septiembre por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables dirigidas a Entidades Locales
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Orden 33/2009 de 29 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables: Área Biomasa
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Resolución nº 156, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 36/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el Plan de Energías Renovables dirigidas a entidades locales, área solar térmica
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Resolución nº 157, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 31/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: solar térmica, dirigida a comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, personas físicase instituciones sin ánimo de lucro
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Resolución nº 158, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 31/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: solar térmica, dirigida a empresas privadas que se ajusten a la definición de Pyme
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Resolución nº 159, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 36/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables dirigidas a entidades locales, área solar fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica
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Resolución nº 160, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 32/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: solar fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica, dirigidas a comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro
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Resolución nº 161, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 32/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: solar fotovoltaica o mixta eólica-fotovoltaica, dirigidas a empresas privadas que se ajusten a la definición de Pyme
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Resolución nº 162, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 36/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables dirigidas a entidades locales, área geotermia
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Resolución nº 163, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 12/2009, de 9 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: geotermia, dirigidas a comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, personas físicas e instituciones sin ánimo de lucro
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Resolución nº 164, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 12/2009, de 9 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: geotermia dirigidas a empresas privadas que se ajusten a la definición de Pyme
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Resolución nº 165, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 36/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables dirigidas a entidades locales, área biomasa
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Resolución nº 166, de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 33/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: área biomasa, dirigida a empresas privadas que se ajusten a la definición de Pyme
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Resolución nº 167 de 17 de junio de 2011, del Consejero de Industria, Innovación y Empleo por la que se convocan las subvenciones reguladas en la orden 33/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en el plan de energías renovables: área biomasa, dirigida a comunidades de propietarios de viviendas en régimen de propiedad horizontal, personas físicas e instituciones sin animo de lucro.
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