Tramites para pedir una subvención en Extremadura
Subvención para la promoción de energías renovables de uso propio.
Junta de Extremadura (Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente) Teléfono: 924.00.64.00 Web: www.extremambiente.es
Plazo de presentación: del 11/01/2011 al 10/02/2011
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Documentación a presentar:
a) Memoria técnica, la cual deberá realizarse en el modelo establecido para ello, planos de situación y de planta a escala suficiente, y presupuesto de la inversión desglosado por conceptos subvencionables. Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros, en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el solicitante de la ayuda deberá aportar también justificación de haber solicitado un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, y así se haga constar en un informe.
La elección entre las ofertas presentadas deberá recaer en la más económica, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica mas ventajosa.
b) Presupuesto de la inversión desglosado por conceptos subvencionables.
c) Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, con la Hacienda Estatal y con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de que el beneficiario opte porque sea la Dirección General competente en materia de fomento de las energías renovables la que recabe de oficio los certificados de estar al corriente de sus obligaciones con los organismos citados, deberá aportarse junto a la solicitud autorización expresa, según lo dispuesto en el Decreto 125/2005, de 24 de mayo, por el que se aprueban medidas para la mejora de la tramitación administrativa y simplificación documental asociada a los procedimientos de la Junta de Extremadura.
d) En el caso de no disponer de cuenta activa en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura, deberá aportarse Alta de Tercero, debidamente cumplimentado de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 6 de julio de 2005, por la que se regula la gestión del Subsistema de Terceros en el Sistema de Información Contable de la Administración de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, se deberá indicar en el apartado correspondiente a la solicitud, el número de cuenta bancaria para la realización de la transferencia de la ayuda.
e) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre actividades económicas, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención.
f) Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sin personalidad jurídica, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, declaración de compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación y nombramiento de un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que correspondan a la misma.
g) Declaración jurada de no haber iniciado las inversiones con anterioridad a la presentación de la solicitud.
h) Declaración de otras ayudas o subvenciones obtenidas o solicitadas para el mismo proyecto.
i) Declaración responsable de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones para percibir subvenciones públicas de las recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
j) En el caso de instalaciones Térmicas y/o Biomasa, declaración jurada referente a si las mismas están incluidas o no dentro de las obligaciones establecidas en el Código Técnico de la Edificación.
k) Además de lo anterior, deberá aportarse la siguiente documentación:
1. En el caso de Corporaciones Locales:
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Acuerdo del Ayuntamiento aprobando la solicitud de subvención y delegación, si procede, en la persona que solicita la subvención.
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Certificado de la existencia de consignación presupuestaria para el título de la inversión a realizar o, en su defecto, compromiso de la entidad de habilitar créditos o recursos suficientes para su ejecución.
2. En el caso de instituciones sin ánimo de lucro:
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Estatutos o acto fundacional debidamente inscritos en el Registro correspondiente.
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Tarjeta de identificación.
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Poder del firmante de la solicitud.
3. En el caso de comunidades de propietarios o agrupaciones de las mismas:
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Tarjeta de identificación fiscal.
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Acta de la última reunión donde figure como Presidente o Administrador la persona solicitante u otra documentación acreditativa de ésta.
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Acta en la que conste acuerdo de la comunidad de propietarios para realizar la instalación objeto de la ayuda solicitada, adoptado con el quórum legalmente requerido.
4. En el caso de empresas:
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Escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro correspondiente.
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Tarjeta de identificación fiscal.
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Poder del firmante de la solicitud.
5. En el caso de empresarios autónomos:
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Documento Nacional de Identidad del interesado en el que figure número y letra de identificación fiscal. En caso de no figurar en el DNI la letra de identificación fiscal, se acompañará del correspondiente NIF.
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En caso de actuar por medio de representante, deberá acreditarse la representación en la forma establecida en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso se aportará también DNI del representante.
6. En el caso de personas físicas:
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Documento Nacional de Identidad del interesado en el que figure número y letra de identificación fiscal. En caso de no figurar en el DNI la letra de identificación fiscal, se acompañará del correspondiente NIF.
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En caso de actuar por medio de representante, deberá acreditarse la representación en la forma establecida en el artículo 32.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En este caso se aportará también DNI del representante.
Plazo de presentación de la solicitud:
Del 11 de Enero al 12 de Febrero de 2011.
Información disponible:

ADVERTENCIA: El contenido de esta página es meramente informativo y puede existir algún error. Las condiciones de este proceso son las publicadas en la normativa correspondiente.
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