Subvenciones para energías renovables
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Tramites para pedir la subvención en la Comunidad de Madrid
Ayudas en materia de energías renovables.
ASEFOSAM Dirección: C/ Antracita, 7 - 28045 - Madrid Teléfono: 914 683 536 Web: www.renovablesmadrid.com
Plazo de presentación: hasta el 1 de octubre de 2012.
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Documentación a presentar:
Boletín de Solicitud según modelo oficial debidamente cumplimentado y firmado, tanto por el solicitante del incentivo como por un responsable de la empresa instaladora adherida, acompañado de originales, o fotocopias para su cotejo, de la siguiente documentación:
Documentación General:
- DNI/NIF/NIE/CIF del solicitante. En el caso de entidades que no precisan los documentos citados, documentación acreditativa de su personalidad jurídica.
- En su caso, documentación acreditativa de la representación con la que actúa el firmante de la solicitud.
- Documentación justificativa de que el solicitante es titular del nº de cuenta indicado en la solicitud.
- Declaración de ayudas concurrentes, según modelo del Anexo III.
- Certificados de que el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Hacienda Autonómica así como, en su caso, con la Seguridad Social, o, en su defecto, tiene concedido aplazamiento o moratoria.
- Alta y último recibo
- liquidado del Impuesto sobre Actividades Económicas, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, o en su caso, declaración de exención, para todos los epígrafes en que la empresa esté dada de alta.
- Memoria sucinta descriptiva del proyecto, que incluya los cálculos energéticos de la instalación.
- Presupuesto desglosado debidamente aceptado.
- Facturas y justificantes bancarios de pago de las inversiones realizadas.
Documentación específica:
Instalaciones de energía solar térmica de baja temperatura.
- Certificado de garantía del fabricante de los captadores solares térmicos por tres años.
- Certificado de garantía de la instalación por dos años.
- Contrato de mantenimiento por tres años.
- Certificado de Instalación diligenciado por Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI). (Modelos 3.1.7. o 3.1.8. según proceda).
- En el caso de las instalaciones solares térmicas en edificios de nueva construcción se aportará la licencia de obras del Ayuntamiento. En caso contrario se aportará el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Instalaciones de energía solar fotovoltaica aislada o mixta fotovoltaica-eólica.
- Certificado de garantía de potencia del fabricante de los paneles fotovoltaicos por diez años y, en su caso, del fabricante del aerogenerador por tres años.
- Certificado de garantía de la instalación por dos años.
- Contrato de mantenimiento por tres años.
- Certificado de Instalación diligenciado por Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI).
- Documentación acreditativa de la legalidad del inmueble en que se ubica la instalación: copia de cédula urbanística expedida por el Ayuntamiento, o copia de cédula o certificación catastral, o copia del último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles liquidado.
Instalaciones de biomasa.
- Certificado de Instalación diligenciado por Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI). (Modelos 3.1.7. o 3.1.8. según proceda)
Instalaciones de aprovechamiento de energía geotérmica.
- Certificado de Instalación diligenciado por Entidad de Inspección y Control Industrial (EICI). (Modelos 3.1.7. o 3.1.8. según proceda)
- Resultados de simulación energética de la captación geotérmica propuesta donde se contemplen los mismos parámetros propuestos en el presupuesto. La temperatura del fluido que se obtenga en la simulación deberá estar comprendida entre -5 y 30º C en un intervalo de 30 años.
- En caso de que la potencia sea superior a 70 kW deberá adjuntarse el resultado del ensayo de respuesta geotérmica (TRG).
- Potencia de las bombas geotérmicas y coeficiente de rendimiento de las mismas, ambos en condiciones B0/W35 (según norma UNE-EN 14511:2008).
- En caso de sondeos, Certificado de Dirección de Obra según modelo oficial.
Instalaciones mixtas.
- Para cada tipo de instalación se presentará la documentación correspondiente, según lo establecido en los puntos anteriores.
A quien va dirigida la ayuda y quien tiene que solicitarla:
Podrá solicitar la ayuda, en todo caso, el titular de las instalaciones, ya sea persona física o jurídica, cualquiera que fuera su forma, así como cualquier tipo de organismos públicos o privados. Las Empresas de Servicios Energéticos no podrán ser beneficiarias de las ayudas de este Plan.
Sólo podrán formular la solicitud de ayuda a nombre y por cuenta del titular de las instalaciones de energía solar térmica, biomasa y geotermia las empresas habilitadas como Empresa Instaladora Térmica previamente adheridas al presente Plan de Impulso de Energías Renovables, responsables de la ejecución de la instalación.
Sólo podrán formular la solicitud de ayuda a nombre y por cuenta del titular de las instalaciones de energía solar fotovoltaica o mixtas fotovoltaica y mini-eólica las empresas habilitadas como Empresa Instaladora de Baja Tensión o Empresa de Instalaciones Generadoras en Baja Tensión previamente adheridas al presente Plan de impulso de Energías Renovables, responsables de la ejecución de la instalación.
Lugar y plazo de presentación de las solicitudes:
La solicitud deberá presentarse en todo caso en las oficinas de ASEFOSAM situada en la Calle Antracita nº 7, 2ª Planta, de Lunes a Viernes entre 9:00h. y 14:00h.
Podrán acogerse al Plan las inversiones que se realicen desde el 1 de enero de 2011 y hasta el 1 de octubre de 2012 o hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Así mismo, desde la generación informática de la solicitud y asignación del Código de validación de Incentivo (COVI), hasta la presentación de la documentación en ASEFOSAM, no podrá transcurrir un plazo superior a 30 días naturales. Trascurrido dicho plazo se producirá la caducidad del expediente y se liberará la reserva de fondos efectuada.

ADVERTENCIA: El contenido de esta página es meramente informativo y puede existir algún error. Las condiciones de este proceso son las publicadas en la normativa correspondiente.
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